Jose Ignacio Beteta

La Contraloría y su misión en el Plan de Reconstrucción

El debate sobre el Plan de reconstrucción nacional con cambios ha evidenciado algunas dudas y polémicas sobre el rol que debe tener la contraloría en la este proceso.

En primer lugar, hay que decir que en los últimos meses no solo algunos medios sino la población en general parece esperar que la Contraloría sea algo así como una policía especializada que persigue criminales.

El rol de la CGR es realizar una labor de control legal y administrativo sobre la acción de los funcionarios públicos, no sola sino junto con los OCI y los organismos reguladores reguladores, y también posteriormente con el Ministerio Público y el Poder Judicial.

En este sentido, su acción no debe interferir sobre los procesos técnicos que realizan las entidades públicas que están siendo auditadas. La clave está en contar con un sistema de control eficiente de las acciones del gobierno nacional, regional, local pero que no desacelere los procesos ni atemorice a los funcionarios. Cabe recordar que tenemos a más de 700 mil peruanos que podrían entrar en situación de pobreza después del FEN y a decenas de miles de personas sin casa que no quieren cacería de brujas sino obras concluidas a la brevedad.

Así, lo que se ha planteado en el texto aprobado de la Ley de Reconstrucción nacional con cambios es una figura por la cual la CGR realizará un control concurrente y también un control posterior. Sin embargo, el control concurrente no será vinculante. Esto quiere decir que la contraloría determinará si existen riesgos en la actuación de los funcionarios, con la finalidad de que estos puedan adoptar medidas correctivas, pero esta intervención no buscará identificar responsabilidades en ellos ni detener procesos, sino lanzar opiniones acertadas que eviten que el Estado y los recursos del contribuyente sean afectados.

El control posterior se encargará luego de determinar alguna responsabilidad administrativa, civil o penal. Sin embargo, La CGR solo debe intervenir ex post cuando tenga información suficiente como para sospechar de alguna irregularidad, planteando sanciones proporcionales a las infracciones, y sin interferir en la discrecionalidad y libertad de opinión de los funcionarios. Es decir, si un funcionario no decide como la CGR propone y al hacerlo no comete ninguna infracción o delito, no tiene por qué ser investigado y menos aún sancionado.

Necesitamos una CGR más prudente para emitir opiniones o tomar acciones sobre ciertos casos. Ya hemos tenido experiencias en las cuales el contralor ha desplegado un ejército de auditores en medio de la entrega de donaciones, logrando solamente paralizar y obstaculizar que éstas lleguen a quienes más lo necesitan.

Nuestro rol como ciudadanos es no caer en esta especie de espectáculo que la persecución de corruptos está generando, porque al parecer alimentamos el anhelo de apariciones mediáticas y acciones precipitadas en varios funcionarios que aprovechan la coyuntura para ganar cámaras. La primera prioridad es devolverle a miles de personas una condición de vida decente, con vivienda, servicios, salud, educación y transporte. Esperamos que CGR y las entidades ejecutoras entablen un diálogo permanente en todo este proceso evitando la burocracia innecesaria.

Adaptación del guión elaborado para el Programa Ruta Legislativa, transmitido en Gestión On Line.

Jose Ignacio Beteta Bazan